La posesión efectiva es la acción mediante la cual los herederos de una persona fallecida solicitan la autorización para tomar disposición del patrimonio de esta persona.
La partición judicial es aquella en la que los herederos no se ponen de acuerdo sobre cómo repartir los bienes del fallecido.
La presunción de muerte debe declararse por el juez del último domicilio que el desaparecido haya tenido en el territorio nacional, justificándose previamente que se ignora el paradero de este y que se han realizado las diligencias posibles para averiguarlo.
Acción que se dirige a la cesación de la comunidad hereditaria a efectos de que cada heredero adquiera la propiedad en exclusiva de los bienes hereditarios que le fueren adjudicados.